INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS EN EL REGISTRO ROLECE – ROLECSP

TRAMITACIÓN COMPLETA INSCRIPCIÓN DE EMPRESA EN ROLECE – ROLECSP

REGISTRO DE EMPRESAS EN ROLECE

Nos encargamos del 100% de su inscripción. Realizamos la tramitación de la inscripción obligatoria de su empresa en ROLECE de forma rápida, cómoda y sin errores ni complicaciones para usted, le ofrecemos realizar el registro y obtener el certificado de alta en ROLECE cumpliendo todos los requisitos y en poco tiempo. Hemos obtenido la certificación ROLECE para todas las empresas que nos lo han encargado.

Nuestro equipo es especialista en inscribir empresas en ROLECE. Le garantizamos que daremos respuesta a su solicitud en menos de 10 min, trabajaremos para tramitar su inscripción de forma completa y así obtener el certificado de solicitud de alta en el registro en el mismo día que nos realice el encargo.

Además, realizaremos el seguimiento de su solicitud de inscripción y le notificaremos cuando su certificado de alta en ROLECE esté disponible. El precio de nuestro servicio de tramitación ROLECE es COMPLETO e incluye el pago de tasas:

95 € (IVA excluido)

OBTENER SU CERTIFICADO ROLECE AHORA MISMO!

Para darse de alta en ROLECE de forma rápida, rellene el formulario adjunto con los datos de la empresa que quiere inscribir:

  • Nombre de la empresa
  • CIF de la empresa
  • Dirección postal de la empresa

Déjenos un teléfono y un email para contactar con usted, en los próximos 10 min. nos pondremos en contacto con usted.

Recibimos consultas de clientes que sufren la misma problemática. Realizan una solicitud errónea, incompleta o que no cumple todos los requisitos exigidos por ROLECE, y esto demora la inscripción obligatoria en el registro de licitadores, alargando el plazo de obtención del certificado meses. Esta situación origina que no se pueda participar en alguna licitación, y por lo tanto se pierda la oportunidad. Encargando a nuestro equipo su inscripción en ROLECE se asegura de que algo tan importante para su empresa se hace bien, le ofrecemos respuesta rápida, seriedad y compromiso.

Nuestro equipo se ocupa de todo el proceso de inscripción, el trabajo que por su parte tendrá que realizar para inscribir su empresa en ROLECE será mínimo.

    Nombre completo de la empresa:

    CIF de la empresa:

    Dirección de la empresa:

    Para ponernos en contacto con usted, déjenos un email o un teléfono (o ambos separados por una coma):

    Con el único fin de poder prestarle el servicio solicitado, antes de enviarnos la solicitud con los datos que en ella incluya, y en cumplimiento de la legislación vigente, debe leer, entender y dar su conformidad a los términos de uso de la información y condiciones de nuestro servicio:

    Acepto los términos de uso de la información y condiciones de nuestro servicio.

    Respondemos rápidamente su consulta por WhatsApp en el teléfono 665 53 14 00, le ayudaremos a obtener el certificado ROLECE para su empresa en muy poco tiempo.

    INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE INSCRIPCIÓN DE EMPRESA EN ROLECE – ROLECSP

    El ROLECE es el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y se crea en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 301 a 307 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, básicamente consiste en un registro de empresas, profesionales o autónomos.

    Para la obtener el certificado es necesario acreditar la identidad del solicitante, ya sea una empresa o un licitador autónomo mediante el uso de un certificado electrónico. Ademas el propio certificado se puede consultar mediante el visor ROLECE.

    En primer lugar, le informamos que el registro oficial de licitadores ya no se llama ROLECE, debido al cambio en la denominación, que paso de ser Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, sus siglas eran ROLECE, a Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, por lo que ahora sus siglas y acrónimo correcto es ROLECSP.

    El término ROLECE significa Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) o del Sector Publico (ROLECSP). ROLECE es un registro público que acredita la aptitud, capacidad de obrar, habilitación personal, solvencia técnica y financiera y clasificación de las empresas que se inscriben en el, y su objetivo es facilitar la documentación a aportar en los procesos de licitación pública de España.

    El carácter de «inscripción obligatoria» de las empresas en ROLECE trata de evitar el exceso de trámites en los procesos de contratación pública, en los cuales había que aportar una cantidad enorme de documentación para participar en cada licitación, ya fuera de obras, servicios o suministro, y ya se tramitará mediante procedimientos abierto o abierto simplificado (el cual también requiere de la presentación de gran cantidad de documentos).

    Sin duda la respuesta es sí, y en algunos casos incluso es obligatorio. ROLECE permite identificar a las empresas de forma rápida. Permite consultar los datos básicos de constitución y representación de forma sencilla.

    En ROLECE – ROLECSP se puede inscribir cualquier empresa. La inscripción la puede tramitar el personal de la propia empresa, o un servicio especializado como es nuestro caso. Las ventajas de que la tramitemos nosotros son la seguridad de que el trámite está bien hecho, la rapidez, ya que conocemos los pasos muy bien, y el ahorro en típicas complicaciones de tener que leer un manual de inscripción, una guía, descarga y actualizaciones de software, etc…

    Nuestro equipo puede completar una solicitud de inscripción con expediente abierto ya iniciada, consúltenos en este sentido.

    La Nueva Ley de contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, establece en su artículo 159.4.a Procedimiento abierto simplificado, que todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el ROLECE – ROLECSP.

    Lugares donde deben figurar los datos inscritos en ROLECE son el Registro Mercantil de la provincia española que corresponda y www.registradores.org

    Las empresas y autónomos pueden inscribir en él los datos a los que se refiere el artículo 339 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

    Cuando una empresa o autónomo se da de alta en el ROLECE – ROLECSP su certificado acredita frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones registradas.

    Las empresas y autónomos pueden inscribir en el registro, cumpliendo los requisitos, los datos a los que se refiere el artículo 339 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Cuando una empresa o autónomo se da de alta en ROLECE su certificado acredita frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. En linea con lo anterior, es importante destacar, que existen otros registros de licitadores autonómicos, como el de la Junta de Andalucía o el de Catalunya RELI, ROLECE en teoría acredita lo mismo que ellos en su mismo ámbito, por lo que es equivalente, con la ventaja que sirve para todo el territorio nacional.

    En resumen, y siempre que la empresa cumpla los requisitos de inscripción para obtener un certificado válido, el Registro ROLECE permite inscribir los siguientes tipos de datos:

    1. Los correspondientes a su personalidad y capacidad de obrar, en el caso de personas jurídicas.
    2. Los relativos a la extensión de las facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente.
    3. Los referentes a las autorizaciones o habilitaciones profesionales y a los demás requisitos que resulten necesarios para actuar en su sector de actividad.
    4. Los datos relativos a la solvencia económica y financiera, que se reflejarán de forma independiente de la clasificación que, en su caso, tenga el empresario.
    5. Cualesquiera otros datos de interés para la contratación pública que se determinen reglamentariamente.

    La vigencia de los datos que se aporten en el momento de la inscripción por parte de las empresas o autónomos, tendrá una vigencia indefinida en tanto se mantengan por la empresa o autónomo las condiciones y circunstancias que en ellos se reflejan. Es un requisito que la empresa o autónomo se comprometa a comunicar cualquier cambio que se realice en ellos, para así validar su certificado ROLECE.

    Cuando, la empresa además tiene clasificación como contratista del Estado en obras o servicios, la revisión de los datos y requisitos que sirvieron para conceder dicha clasificación se deben revisar:

    • Cada año la justificación de la solvencia económica y financiera
    • Cada tres años la justificación de la solvencia técnica y profesional

    Por lo anterior, se debe tener en cuenta que la inscripción y alta en el ROLECE acredita las circunstancias concretas de una fecha, siendo necesario ir actualizándolas cada cierto tiempo, con el objetivo validar el certificado y que o acredite circunstancias actuales de la empresa o autónomo, ya que si no fuera así, estaríamos aportando datos falsos, e incurriendo en una de las prohibiciones para contratar, que podrían dejarnos fuera durante una temporada de poder presentar licitaciones. Es importante tener en cuenta que puede ser necesario modificar, corregir, actualizar o simplemente cambiar algún dato que ya figure inscrito en el certificado, este trámite también es posible. Una vez abierto el expediente de inscripción se puede completar con la extracción de datos pendientes que sean admisibles.

    La Nueva Ley de contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, establece en su artículo 159.4.a Procedimiento abierto simplificado.

    (…)

    1. Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia.

    (…)

    Por lo tanto, aquellas empresas o autónomos que se quieran presentar a licitaciones de obras, servicios o suministro, que se tramiten por procedimiento “abierto simplificado”, deberán inscribirse estar inscritas en el ROLECE antes del 9 de septiembre de 2018. La fecha del 9 de septiembre viene fijada por un margen (Disposición transitoria tercera ley 9/2017) que se dio de 6 meses a partir de la entrada en vigor de la Nueva Ley de contratos del Sector Público 9/2017, la cual fue el pasado 9 de marzo de 2018.

    Por lo tanto la respuesta a ¿Es obligatorio estar inscrito en el ROLECE para presentarse a una licitación? es NO. Solo es obligatorio estar inscrito en el ROLECE para presentarse a licitaciones que se tramitan por procedimiento “abierto simplificado”, ahora bien, es interesante para una empresa estar inscrita en el ROLECE, la respuesta es SI, ya que entendemos que cada vez más procedimientos van a tramitarse mediante el “abierto simplificado”, ya que este procedimiento ayuda tanto a la administración como al licitador.

    Los órganos de contratación utilizan el procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios que cumplen las dos condiciones siguientes:

    1. Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor estimado sea igual o inferior a 100.000 euros.
    2. Que entre los criterios de adjudicación previstos en el pliego no haya ninguno evaluable mediante juicio de valor o, de haberlos, su ponderación no supere el veinticinco por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total.

    Además, el anuncio de licitación del contrato únicamente precisará de publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación. Toda la documentación necesaria para la presentación de la oferta tiene que estar disponible por medios electrónicos desde el día de la publicación del anuncio en dicho perfil de contratante.

    En cuanto al plazo para la presentación de proposiciones, no podrá ser inferior a quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de licitación. En los contratos de obras el plazo será como mínimo de veinte días.

    Si has leído el apartado anterior, como empresa, persona física, y sobre todo como licitador, interesado en contratar con el Sector Público, es fundamental que tengas la inscripción obligatoria en el registro ROLECE, ya que aunque solo sea un requisito obligatorio para participar en procedimientos abiertos simplificados y simplificados abreviados, por los tramos de precios de contrato de este tipo de procedimientos, las licitaciones de este tipo son la inmensa mayoría:

    • Licitaciones y contratos de obras: desde 0 € a 2.000.000 €
    • Licitaciones y contratos de servicios: desde 0 € a 100.000 €
    • Licitaciones y contratos de suministros: desde 0 € a 100.000 €

    La participación en una licitación de una empresa no inscrita en ROLECE, en los supuestos en los que resulta obligatorio, tiene como consecuencia la exclusión de la empresa del proceso.

    IMPORTANTE – LA NO INSCRIPCIÓN EN ROLECE: «Al ser obligatoria la inscripción en los procedimientos simplificados y simplificados abreviados, el licitador que presente su oferta y no esté inscrito en ROLECE quedará EXCLUIDO del procedimiento de licitación.

    El certificado de inscripción en ROLECE – ROLECSP es válido desde el momento que ROLECE – ROLECSP lo expide.

    La inscripción de la empresa en ROLECE – ROLECSP la hacemos en el mismo día.

    Es variable, depende exclusivamente de ROLECE – ROLECSP.

    El plazo de obtención del certificado depende exclusivamente de ROLECE. La obtención del certificado se puede demorar en el tiempo hasta los 3 meses o incluso más, en algunos casos si la solicitud contiene algún error el certificado de inscripción puede tardar incluso más tiempo. Según nuestra experiencia, los expedientes que tramitamos suelen están en un menor tiempo, consúltenos para informarle mejor acerca del plazo de obtención.

    Si, es de uso público, y cualquier usuario puede consultar las empresas que están inscritas y con certificado de alta en ROLECE – ROLECSP.

    Si, es posible modificar / cambiar datos de una empresa que ya está inscrita en ROLECE, para ello hay que hacer una serie de trámites que varían en función de los datos que se quieren modificar, en cualquier caso, como le decimos, si que se pueden modificar los datos que aparecen en el certificado de una empresa que ya está inscrita en el registro.

    El Registro tiene carácter electrónico, por lo que para acceder al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado deberá identificarse con su DNI electrónico o con su certificado digital CERES (FNMT-RCM), por lo que es necesario solicitar certificado digital electrónico CERES (FNMT-RCM).

    El certificado ROLECE es válido para todo el Estado Español, no obstante es cierto que existen otros certificados que hacen referencia a los registros de licitadores oficiales que han creado distintas comunidades autónomos, como por ejemplo el certificado Registro electrónico de empresas licitadoras (RELI) en Cataluña, o el certificado del Registro de Licitadores de Andalucía (RLA) de Andalucía. Otras comunidades, como Asturias, Extremadura, Aragón, Murcia, Madrid, Islas Canarias, Castilla y León o Castilla La Mancha no tienen Registros de licitadores autonómicos, por lo que en ellas solo se requerirá y será válido el certificado ROLECE estatal.

    Es un registro administrativo electrónico, gestionado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, que contiene datos y documentos relativos a la personalidad jurídica, capacidad, representación y solvencia de empresas que quieren contratar con las administraciones públicas catalanas. Se pueden inscribir en el Registro electrónico de empresas licitadoras las personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras que pueden acreditar personalidad jurídica y capacidad para obrar y que no están en situación de prohibición para contratar.

    El Registro de Licitadores de Andalucía, regulado en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, permite la inscripción y la acreditación, ante todos los órganos de contratación del sector público de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades locales andaluzas, así como de los restantes entes, organismos o entidades dependientes de una y de otras, de las condiciones de aptitud para contratar de las personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras que soliciten su registro. Además, recoge información sobre las prohibiciones de contratar en que puedan estar incursas las empresas.

    El Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana es un registro oficial de licitadores de ámbito autonómico valenciano, gestionado por la Generalitat de la Comunidad Valenciana, que tiene el objetivo de facilitar la concurrencia y agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos de contratación de la Generalitat, de las entidades locales incluidas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, y con los restantes entes, organismos o entidades del sector público dependientes de una y otras.

    Para tramitar la inscripción de su empresa en ROLECE, informarse sobre cuánto tarda ROLECE en emitir el certificado o incluso «como saber si estoy inscrito en ROLECE», obtener de forma manual el certificado ROLECE o validar certificado ROLECE, nuestro equipo le puede ayudar.

    Aquí le informamos sobre la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Publica del Estado:

    La Junta Consultiva de Contratación publicó una recomendación el pasado 24 de septiembre de 2018 respecto la inscripción obligatoria de las empresas en ROLECE (articulo 159.4 a).

    El motivo fue que la Junta, debido al volumen de inscripciones, las empresas no se han podido inscribir en el citado Registro.

    La recomendación de la Junta Consultiva de Contratación es que por el momento no se excluya a ningún licitador por no estar inscrito en ROLECE.

    La recomendación NO establece un nuevo plazo en el que deje de surtir efecto, y como es una recomendación, la Administración Pública, que en cada caso sea el órgano de contratación, es decir, ayuntamientos, diputaciones, comunidades autónomas, el propio Estado Central, etc…, podrá elegir hacer caso o no. Por ello, es importante que las empresas se inscriban inscribas en el ROLECE cuanto antes si no se quieren perder oportunidades de licitaciones publicas.

    Nuestro equipo realiza la correcta aportación de la información y documentos necesarios para que la empresa se pueda inscribir en ROLECE, de una forma muy cómoda, rápida y sencilla para usted. Como resumen, le comentamos que es necesario aportar una información básica obligatoria, como son los datos de la empresa, el domicilio, el objeto social, el órgano de administración de la empresa, capital social, etc… pudiéndose también aportar información adicional, como son las cuentas anuales, cifras de volumen de negocios, póliza de seguros, etc…

    Todas las empresas deben inscribirse en ROLECE, no obstante hay una circunstancia que hace que ya estés inscrito:

    • Las empresas de obras y servicios que estén clasificadas como contratistas del Estado, esto se debe a que la propia Junta Consultiva realiza una inscripción básica de oficio a las empresas que estaban clasificadas con anterioridad a la obligación de ROLECE.

    Nuestro equipo puede registrar su empresa en ROLECE, contacte con nosotros.

    Si quieres saber más sobre ¿cómo inscribirse en el registro ROLECE?, ¿cómo actualizar, modificar, corregir o simplemente cambiar los datos que aparecen inscritos en el certificado ROLECE?, ¿cuánto tarda ROLECE en emitir el certificado? o incluso ¿cómo saber si estoy inscrito en ROLECE?, nuestro equipo te puede ayudar, nuestro teléfono para ROLECE es el 665 53 14 00.

    NOTA DE RECOMENDACIÓN PUBLICADA EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2018 por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado a los órganos de contratación en relación con la aplicación del requisito de inscripción en el ROLECE – ROLECSP del artículo 159 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

    RESUMEN DE LO IMPORTANTE:

    La finalidad de este procedimiento también se pone de manifiesto, como no puede ser de otra manera, en el articulado de la ley. El Artículo 159, que es el que regula el procedimiento abierto simplificado, tras definir el marco limitado de empleo de este procedimiento nos indica cuáles son sus especialidades propias en lo que se refiere a la tramitación y señala lo siguiente: “Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia.”

    Ya señalamos que la Disposición Transitoria Tercera, que alude de modo expreso al régimen transitorio de la Inscripción en el Registro de Licitadores como condición para participar en el procedimiento abierto simplificado, decía que hasta que transcurriesen seis meses desde la entrada en vigor de la Ley (a fecha de hoy el plazo ya ha transcurrido) y resulte exigible, por tanto, la obligación establecida para el procedimiento abierto simplificado en la letra a) del apartado 4 del artículo 159, de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o registro equivalente, la acreditación de la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se realizará en la forma establecida con carácter general.

    Debemos destacar en este punto dos consideraciones principales. La primera es que el legislador no ha sido insensible al hecho de que la exigencia de la inscripción en el ROLECE pueda generar situaciones contrarias a la concurrencia de los licitadores. No puede entenderse de otro modo el hecho de que el propio precepto permita la exigencia del requisito de inscripción en el ROLECE “siempre que no se vea limitada la concurrencia.” En efecto, el legislador sujeta esta condición al máximo respeto a uno de los principios esenciales de la contratación pública, presente en el artículo 1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público y que exige mantener la libertad de acceso a las licitaciones. Por tanto, en una situación en que coyunturalmente no es posible respetar este principio esencial, NO CABE ENTENDER QUE EL REQUISITO DE LA INSCRIPCIÓN SEA EXIGIBLE.

    La segunda consideración alude a los efectos de no aplicar el requisito que establece el artículo 159. Como establecía la DT 3ª para el periodo en que temporalmente no se podía exigir la inscripción en el ROLECE la acreditación de la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar se realizaría en la forma establecida con carácter general en la ley. Por tanto, mientras el principio de concurrencia se encuentre comprometido por esta situación coyuntural habrá que acudir a las condiciones de acreditación de 8 los requisitos de aptitud para contratar que establece la ley con carácter general. III

    Partiendo de las anteriores consideraciones, lo que no cabe sin embargo aceptar es que esta situación coyuntural se convierta en permanente. Tal circunstancia no está justificada más que durante el lapso de tiempo, que necesariamente ha de ser breve, en que subsista la afectación del principio de concurrencia. De otra forma lo que constituye una excepción a la regla legal justificada por una circunstancia excepcional se convertiría en la regla general, lo cual no es aceptable. Por tanto, cabe encarecer a las unidades responsables de la llevanza de los diferentes registros la máxima diligencia en la tramitación de las solicitudes de inscripción.

    En consecuencia, en el momento en que esta Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado tenga conocimiento de que esta situación provisional que afecta al funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ha quedado solventada oportunamente, dará traslado a las entidades del sector público con la debida publicidad a los efectos del cumplimiento del requisito de inscripción en las condiciones establecidas por la ley.

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    Nos dedicamos específicamente a la contratación con el Sector Público, realizamos de forma diligente el trámite de inscribir su empresa en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE). En muchas ocasiones, la empresa necesita estar inscrita en ROLECE antes de un plazo determinado, por ello le ofrecemos atención y respuesta rápida, su empresa no puede perder la oportunidad de participar y presentar oferta en la licitación.

    Lea detenidamente la información que le ofrecemos, pregúntenos si tiene cualquier duda, la forma más rápida de atenderle es que usted rellene el formulario que tiene más arriba, y en unos minutos le contestaremos.

    SERVICIO DE TRAMITACIÓN INSCRIPCIÓN COMPLETA DE EMPRESAS EN ROLECE

    Le ofrecemos rapidez, atención y compromiso, garantizamos una respuesta rápida a su solicitud y total implicación desde el primer momento.

    • RAPIDEZ, Respondemos su solicitud en como máximo 10 min.

    • ATENCIÓN, Atendemos el registro de su empresa en el mismo día.

    • COMPROMISO, seguimiento de la obtención de su certificado, a los pocos días su empresa estará inscrita.

    El Registro Oficial Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado es el órgano dependiente del Ministerio de Hacienda que otorga el certificado ROLECE.

    IMPORTANTE: La inscripción de su empresa en el registro de licitadores ROLECE – ROLECSP es un requisito obligatorio para participar en licitaciones tramitadas mediante procedimiento «abierto simplificado», por lo que estar correctamente inscrito es necesario para presentar oferta en contratos públicos, ya sean contratos públicos de obras, servicios o suministro.

    SERVICIO DE INSCRIPCIÓN EN EL ROLECE

    Una vez esté inscrito en el ROLECE, se podrá aprovechar de las ventajas de no tener que presentar toda la documentación administrativa para acreditar su solvencia económica, financiera, técnica y profesional cada vez que se necesite preparar oferta en una licitación pública, con la ventaja de que se podrá presentar al contrato tramitado mediante procedimiento «abierto simplificado», para el cual es requisito obligatorio estar dado de alta en ROLECE.

    El plazo que tarda el proceso de inscripción en ROLECE es variable, desde unos pocos días a unas semanas, dependiendo del volumen de trabajo de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, debe tener en cuenta, que como ahora estar dado de alta en el ROLECE es un requisito obligatorio para contratar mediante procedimiento abierto simplificado, puede que haya algo de retraso en el plazo de obtención. Por este motivo, le recomendamos que comience el trámite cuanto antes, ya que a partir del 9 de septiembre de 2018 pasó a no poderse presentar oferta a las licitaciones tramitadas mediante este procedimiento por parte de empresas no inscritas en ROLECE.(consultar ley de contratación LCSP 9/2017)

    Inscribir la empresa en ROLECE – ROLECSP es una buena inversión, en cuanto a que, los datos inscritos, quedan perfectamente acreditados frente a los órganos de contratación pública. También, para actualizar el registro, se puede realizar un cambio en los datos inscritos.

    TRÁMITE PERSONALIZADO

    El servicio que se ofrece es personalizado, somos profesionales con amplia experiencia en contratación pública, y en particular en este tipo de gestiones, hasta que los datos de su empresa no queden inscritos en ROLECE – ROLECSP, nuestro trabajo no habrá acabado.

    ¿Cuál es el coste de inscribirse en el ROLECE – ROLECSP? El precio es de 95 € IVA excluido, el presupuesto de este trámite incluye inscribir los datos en el registro y dar de alta a la empresa, además de pagar la tasa del Registro Mercantil en su nombre, y como le decíamos antes, nuestro trabajo no habrá finalizado hasta que el registro en ROLECE de su empresa este completo.

    Nuestro servicio de inscripción en ROLECE le garantiza que la empresa va a quedar correctamente inscrita, en este sentido tenga en cuenta que nuestro equipo esta actualizado al día en cuanto a los requisitos del tramite. También es importante que tenga en cuenta que registrar una empresa en ROLECE no es una tarea sencilla, es necesario que la solicitud de inscripción cumpla con todos los requisitos y se aporten todos los datos necesarios a tiempo, tratar de inscribir a una empresa sin saber que se está haciendo puede originar errores difícilmente subsanables en el corto plazo, lo que irremediablemente alargaría  el plazo de inscripción de su empresa en el registro.

    Nos adaptamos en tiempo y forma a sus requisitos, damos una respuesta rápida y efectiva a su solicitud, ofrecemos responsabilidad y compromiso.

    TRÁMITE RÁPIDO, CORRECTO Y RESPONSABLE

    Para que su empresa se pueda aprovechar de las ventajas de estar inscrita en ROLECE, le ofrecemos la tramitación de la inscripción en el registro con las máximas garantías:

    • Le informamos de los medios necesarios para realizar la inscripción de forma rápida y correcta, inscribir su empresa y crear el expediente en el registro, tramitándole nosotros completamente la inscripción.

    • Le explicamos los datos y documentación que tenemos que presentar y como lo haremos.

    • Le resolvemos las dudas que puedan surgir durante el proceso de inscripción.

    • Nuestro trabajo no habrá acabado hasta que la empresa quede inscrita en ROLECE.

    En definitiva, le asesoramos y tramitamos íntegramente la inscripción y alta en el registro ROLECE de su empresa.

    EL EQUIPO DE Tulicitacionpublica

    Nuestro equipo está formado por dos departamentos:

    • Departamento de estudio técnico: Ingenieros y Arquitectos.
    • Departamento de estudio económico y administrativo: ADE y Ciencias Empresariales.

    Hemos acumulado una amplia experiencia en contratación pública y preparación completa de licitaciones públicas, nos hemos especializado en la elaboración, análisis y estudio de licitaciones de obras, servicios y suministro.

    Si necesita inscribir su empresa en ROLECE, nuestro equipo le puede asesorar y tramitar la inscripción.

    Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro equipo, tenemos la experiencia necesaria, y estamos seguros que le ayudaremos a dar de alta la sociedad mercantil en el registro. Para dudas, consultas y ayuda sobre ROLECE puede llamar al teléfono 665 53 14 00.

     PRECIO TRÁMITE INSCRIPCIÓN EMPRESA EN ROLECE 

    95 € (IVA excluido)

    Nos comprometemos a que en el mismo día que nos encargue la inscripción, tenga realizado el trámite de solicitud para inscribir su empresa en ROLECE – ROLECSP, y así obtener el certificado de inscripción en el menor plazo posible.

    Confíe en la solvencia de una empresa con más de 10 años de experiencia:

    Tulicitacionpublica es el nombre comercial de la empresa VEGA I+D. Somos una consultora especialista en contratación pública, con más de 10 años de experiencia en el desarrollando soluciones en este ámbito. Trabajamos de forma online en el estudio y gestión de licitaciones públicas de obras, servicios y suministros para organismos públicos de toda España.