¿Cómo contratar con el Sector Público? y ¿Puede mi empresa contratar con el Sector Público?, son las dos preguntas que en primer lugar surgen cuando pensamos que contratar con el Sector Público puede ser una buena idea.

Antes de todo, y para derribar la creencia de que contratar con el Sector Público requiere de la elaboración de gran cantidad de documentos y un gran despliegue de medios personales, materiales y económicos, desde tulicitacionpublica.com os decimos que los requisitos que se solicitan para contratar con un Ayuntamiento, una Comunidad Autónoma,el Estado, etc… son perfectamente asumibles y la mayoría de autónomos y pequeñas empresas ya los cumplen sin saberlo.

Para participar en licitaciones públicas y poder contratar con la Administración Pública, es necesario cumplir una serie de requisitos que van a ser comunes en casi todas las licitaciones de obras, servicios y suministros que veamos, por lo que desde un primer momento se debe comprobar si ya se cumplen, o que hay que hacer para cumplirlos.

Las reglas del juego para contratar con las Administraciones se definen en las leyes de la contratación pública, la LCSP, los pliegos de cláusulas administrativas generales, pliegos de cláusulas administrativas particulares, etc… Sin entrar en el detalle de cada contrato concreto con el Sector Público, se debe tener claro que con el Sector Público pueden contratar tanto autónomos como empresas, y todos ellos deben cumplir los siguientes requisitos básicos:

  • Tener plena capacidad de obrar.

  • No estar incurso en ninguna prohibición para contratar con la Administración, algunas de las más comunes son:

    • Haber sido condenada mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación, delitos contra el medio ambiente, o haber sido condenada a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.

    • Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarada en concurso, estar sujeta a intervención judicial o haber sido inhabilitada conforme a la Ley concursal.

    • Haber sido sancionada con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina de mercado, en materia profesional, o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación, o por infracción muy grave en materia social, incluyendo la prevención de riesgos laborales, o en materia medioambiental.

  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

  • Disponibilidad de medios, experiencia y capacidad técnica y económica necesarios para realizar el contrato de obras, servicios o suministro concreto que quieras conseguir.

  • Que el autónomo o empresa cuente con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad o prestación concreta del contrato que quieras conseguir.

En las licitaciones de obras públicas, ya sean mediante subasta o concurso público, además de todo lo anterior, se va a exigir que las empresas tengan clasificación como contratista de obras del Estado, esta clasificación solo se exige para contratos de obras superiores a 500.000 € sin IVA, es decir que si no tenemos clasificación como contratistas de obras del Estado podemos presentarnos a licitaciones de obras y contratar dichas obras siempre y cuando el contrato de obras sea inferior a 500.000 € sin IVA.

En la mayoría de las licitaciones públicas, junto a la propuesta que presentemos, hay que presentar una serie de documentos sobre el licitador, es decir sobre nosotros si contratamos como autónomos o sobre nuestra empresa si contratamos a través de ella, si tenemos identificados y preparados estos documentos el proceso de presentación de propuestas se simplifica. Además, el tener estos documentos a punto, significa reducir los imprevistos de última hora, errores debidos a las prisas, no llegar a tiempo, etc…

Cuando verifiquemos que nosotros como autónomos, o nuestra empresa, cumple todos estos requisitos básicos, debemos determinar a que licitación podremos presentarnos en función de los requisitos que se exijan.

Conseguir contratos con Administraciones Públicas como Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, etc… solo requiere dedicar tiempo a preparar las ofertas, no es nada complicado que no podamos hacer, pero antes de todo se debe entender como contrata ese Ayuntamiento o Comunidad Autónoma, en este sentido elaboramos nuestros documentos, con ellos tratamos de facilitarles el camino, aportándoles nuestra experiencia, agrupando, resumiendo, explicando, haciendo más compresibles las leyes de contratación pública de España.

En resumen, y para que sirva como regla de oro:

  1. Primero: Es necesario entender cómo funciona la contratación con el Sector Público.

  2. Segundo: Poner a punto nuestra empresa, autónomo, «papeleo».

  3. Tercero: Presentar propuestas en las licitaciones que nos interesen según nuestro negocio.

 


Si a lo que te dedicas es a la construcción de obras y quieres hacer esa obra para ese Ayuntamiento, esta es tu GUIA:

GUÍA DE LICITACIONES PÚBLICAS DE OBRAS

Si lo tuyo es la fabricación o comercialización de productos y quieres suministrarlos a esa Concejalía o Ministerio, esta es tu GUIA:

GUÍA DE LICITACIONES PÚBLICAS DE SUMINISTRO

Si eres un autónomo o empresa que presta servicios y quieres contratar con el Sector Público, esta es tu GUIA:

GUÍA DE LICITACIONES PÚBLICAS DE SERVICIOS


 

¡SUERTE EN SUS PRÓXIMAS LICITACIONES!